El Ayuntamiento de Madrid podrá multar a la comunidad que no separa la basura

EFE

Esto fue establecido por el Tribunal Supremo tras un recurso por estimar el Consistorio.

  • se considera una falta leve y la multa puede ser de hasta 750 euros.
  • también dijo que la inspección de contenedores para operadores municipales no viola la privacidad de los ciudadanos.
  • ‘/ strong> de la capital tendrá que responder colectivamente a posibles sanciones de City Hall si un vecino no depósito (en bolsas) de residuos por separado en contenedores específicos suministrados por el Consistorio .

    Así quedó establecido Tribunal Supremo después de la estimación de un recurso interpuesto por el Ayuntamiento contra la sentencia del Tribunal de Justicia de Madrid que canceló tres artículos (10, 76 y 78,3 °) de la Ordenanza de Limpieza de Espacios y Gestión de Residuos aprobado por el pleno municipal el 27 de febrero de 2009, que fue impugnada por un individuo.

    infracción mediante la separación de basura mal será considerado un delito menor , que culminó con un> , según la ordenanza municipal.

    Sección Cuarta de la División de lo Contencioso Administrativo TS declara ilegal, coincidiendo con la Corte Suprema de Justicia, el artículo 10, que se refiere a la cooperación obligatoria de los locales públicos y comerciales en la limpieza de las aceras para fachadas (en la nieve, por ejemplo), cuando no debería ir más allá de la «colaboración voluntaria» con el Consistorio.

    A la inversa, el fracaso TS en la ley declara Artículo 76 ° y 78,3, este último toma la interpretación contenida en el fundamento jurídico séptimo de la sentencia.

    Artículo 78.3 de la Ordenanza Municipal No, epígrafe «Personas responsables» del epígrafe, establece que «en el caso de obligaciones colectivas tales como uso, conservación y limpieza de los contenedores estándar, la responsabilidad será atribuida a la respectiva de los propietarios o habitantes del inmueble cuando no se incorpora, y con ese fin, las quejas que se formulen contra él o, en su caso, la persona que ostente su representación. «

    El TSJ de Madrid anuló dicha párrafo, pero ahora el TS ha considerado que es legal «para no violar el principio de culpabilidad «.

    inspección de contenedores

    Además, el TS ha estimado en el artículo 76 la ley, bajo cuyo control está autorizado contenedores de basura por los inspectores municipales , dándoles el estatus de aplicación de la ley, y la inspección de los contenidos de las bolsas individuales u otros recipientes de residuos.

    El TSJM sentencia consideró que esta disposición era nulo porque no especifica como «instalaciones» puede hacer las inspecciones y vulnerar los derechos humanos fundamentales como posibles aspectos desarrolladores de su vida privada , y por lo tanto, puede afectar su derecho al honor, a la intimidad personal y la imagen.

    TS estima que la violación no se produce y el mantenimiento de inconcreción fallo de la Corte Suprema de Justicia y por lo tanto desestimó el recurso contencioso-administrativo en relación con el mismo y se declaró ilegal.